Nueva sentencia favorable condenatoria a TRIODOS BANK por los CDAs en Ejea de los Caballeros ARAGÓN

Captura de pantalla 2023-09-12 110425png

Iñaki Iribarren García, socio director en IRIBARREN ARTOLA Abogados mediante la Plataforma de reclamación de CDAs de Triodos Bank ReclamaTriodos vuelve a conseguir una nueva sentencia condenatoria a Triodos Bank de CDAs en Ejea de los Caballeros (Aragón) por una inversión superior a los 40.000 euros.

Es una nueva sentencia que se dicta en Aragón favorable en un procedimiento de CDAs de Triodos Bank, en concreto se ha dictado en el Juzgado de Primera Instancia 1 de Ejea de los Caballeros, en la que se condena a Triodos Bank por la comercialización de sus CDAs a un cliente.

Se estima íntegramente la demanda presentada por la parte actora, estimando la nulidad de las contrataciones por error o vicio en el consentimiento, condenando a Triodos Bank a devolver los 40.675,71 euros depositados en CDAs más comisión, gastos y los intereses legales desde las compras y con expresa condena en constas a Triodos Bank. 

Dª. SANDRA PASCUAL CERVERA, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Ejea de los Caballeros, ha estimado íntegramente la demanda.

La juzgadora entiende que

En este supuesto, es de especial interés la llamada telefónica que la Señora XXXXXXXXXXXXXX mantiene con el empleado de “Triodos Bank”, donde la Señora realiza manifestaciones del siguiente tenor: “sí, sí, sí… lo que pasa que luego me lié, como no estoy acostumbrada yo a estas cosas…”, “a ver si soy capaz de responder al cuestionario, que soy mayor ya”, “¿desistimiento quiere decir que me pueda echar para atrás después de firmarlo?” “despacito, ¿eh?”, “a ver a ver, que estoy que no me.. que estoy con mi madre”.  

De dicha conversación se deduce claramente que la clienta estaba confusa. Ni si quiera entendió en un primer momento lo que es el derecho de desistimiento, por lo que difícilmente pudiera comprender el funcionamiento de un producto de inversión de tales características. Esencialmente pudo comprender que implicaba un cierto riesgo, pero no comprendió la naturaleza y riesgo en particular del producto que estaba contratando. Estamos hablando de un cliente con un perfil ahorrador, que nunca antes había contratado productos de inversión, y que en el momento de formalización de las compras, la Sra. xxxxxxxxx no conocía las verdaderas características del producto. 

De la documental aportada tampoco resulta que a la parte actora se le informara suficientemente del riesgo del producto, pues del folleto informativo no se deduce que se pudiese perder la totalidad del capital ni reducirse en mucho su valor, ni tampoco que las condiciones del producto pudieran variar sustancialmente con el lapso del tiempo. 

Por lo expuesto, concurriría un error en la Sra. xxxxxxxxx no solo al prestar su consentimiento contractual, sino también en cuanto al objeto del contrato, elementos esenciales a la hora de celebrar cualquier contrato. 

El art. 1265 del Código Civil establece: “Será nulo el consentimiento prestado por error, violencia, intimidación o dolo” 

El artículo 1266 dispone: “Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principal mente hubiesen dado motivo a celebrarlo”

Es por ello que procede declarar la nulidad del contrato, con las consecuencias previstas en el art. 1303 Cc.: <<Declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses, salvo lo que se dispone en los artículos siguientes

 

Estimo la demanda interpuesta por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx frente a TRIODOS BANK NV. y, consecuentemente:

- Declaro la nulidad absoluta del contrato de compra de certificado de depósitos para acciones (CDAs de “triodos bank”) suscrito en fecha 8 de octubre de 2018.

- Acuerdo la recíproca devolución de las prestaciones recibidas por las partes, con sus frutos e intereses, y por ello condeno a TRIODOS BANK a restituir a la actora la cantidad de 40.675,71 euros más los intereses legales desde la fecha de compra.

La actora deberá abonar los rendimientos frutos obtenidos por los CDAs de TRIODOS BANK con los intereses legales desde la fecha en que fueron percibidos, y entregará a TRIODOS BANK los títulos de CDAs

Con imposición de costas a la demandada.”

Ya hay sentencias favorables en Navarra, Cataluña, Madrid, País Vasco, Aragón, la Comunidad Valenciana, Castilla y León, Islas Baleares. Esperamos que en este largo recorrido, el final sea satisfactorio para todos los afectados y pueden recuperar íntegramente todo el dinero que han depositado en un banco que ha comercializado los CDAs a clientes minoristas ahorradores, de manera opaca, poco transparente y sobre todo de una forma agresiva en la confianza por el tipo de banco ético que se le presupone Ninguno de ellos, si hubiera conocido el alcance real del producto, sus naturaleza, sus elementos esenciales y el verdadero riesgo, hubiera depositado sus ahorros de toda la vida en el mismo.

En la Plataforma ReclamaTriodos, llevamos defendiendo los intereses de los afectados por los CDAs desde el inicio del año 2022, cuando presentamos las primeras demandas en los juzgados. A la fecha son más de 500 afectados por los CDAs de Triodos Bank quienes han confiado en nuestra Plataforma de reclamación para poder recuperar su dinero invertido en este producto tóxico, comercializado como si fuera un producto sin apenas riesgo y con una naturaleza totalmente diferentes en sus elementos esenciales a la realidad.

El abogado Iñaki Iribarren que ha vuelto a ganar a Triodos Bank, socio director en IRIBARREN ARTOLA Abogados y de la Plataforma de reclamación de CDAs de Triodos Bank – ReclamaTriodos, ya obtuvo en julio de 2022 la primera sentencia en España que condenaba a Triodos Bank por los CDAs, dictada por el juzgado de primera instancia 1 de Pamplona, así como las primeras sentencias favorables en Navarra, País Vasco, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León, así como Islas Baleares.

ReclamaTriodos a través de la Plataforma de Reclamación está defendiendo a más de 500 afectados por los CDAs en toda España, habiendo obtenido hasta la fecha varias de las pocas sentencias favorables existentes.

Todos los días recibimos solicitudes de afectados que contactan con la Plataforma a través del teléfono 948 275 063 o el email info@reclamatriodos.es para interesarse en la posibilidad de recuperar su dinero invertido en CDAs de Triodos Bank reclamando a la entidad.

daleeee triodos png

Captura de pantalla 2023-09-12 110425pngIñaki Iribarren, Socio director en IRIBARREN ARTOLA Abogados y la Plataforma de reclamación de CDAs de Triodos Bank – ReclamaTriodos